miércoles, 6 de mayo de 2009
viernes, 1 de mayo de 2009
LEY 16.744
Es un seguro social obligatorio contra riesgos de accidente del trabajo y enfermedades profesionales, en la forma y condiciones establecidas por la ley.
- INDEMNIZAR
- REHABILITAR
- REEDUCAR
DEFINICIONES:
ENFERMEDADES PROFESIONALES: Es la causada de una manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.
También se consideran los accidentes de trayecto directo de ida o regreso desde el domicilio y el trabajo.
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